El Tribunal de Justicia aplicó la Justicia en el caso de Lassana Diarra.
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Rómulo Alfonso Forti Macksman.
Profesor de Educación Física y Educación, egresado del Instituto Universitario Pedagógico de Caracas (IUPC). Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL). Abogado, egresado de la Universidad Santa María. Profesor Titular de la Facultad de Derecho. (USM). Especialista en Sistema de Justicia y Temas Contemporáneos y Litigaciones Penal, egresado de la Universidad Metropolitana. (UNIMET). Caracas. (2008). Con experticia en la Resolución de Conflictos estrictamente Profesionales. Especialista en la Responsabilidad Penal de los Menores, cursado en la Universidad Central de Venezuela (2003) (UCV). Director – Fundador - Presidente del Escritorio Jurídico Forti & Asociados, desde 1995 hasta la actualidad. (EJFA). Entrenador Nacional de Fútbol inscrito en el Colegio de Entrenadores de Venezuela (CNEV). Entrenador UEFA “B”. Egresado del Centro de Estudios ACADEF. MADRID ESPAÑA2021. Locutor Profesional. Certificado 11.720, otorgado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones. Analista deportivo de Radio y Televisión. Conferencista en distintas instituciones públicas y privadas
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Estimados amigos, comentar y escribir temas legales es de mucha responsabilidad, y el asunto que trataré a partir de ahora, ha sido muy publicitado en todo el mundo, sobre todo en el ámbito deportivo y en los espacios legales.
 
El TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE), en fecha cuatro de Octubre de este año, ha dictado una SENTENCIA que ha impactado al mundo deportivo, por cuanto la misma es contra la posición jurídica de una de las instituciones más importantes y de un poder inconmensurable como lo es la FIFA. La mencionada sentencia lleva consigo una serie de cambios que está obligado a emprender dicha institución en parte de su  REGLAMENTO

El conflicto escaló cuando el Lokomotiv exigió a Diarra el pago de una indemnización de 10,5 millones de euros por rescindir su contrato sin una causa justificada, como fue determinado por la Cámara de Resolución de Disputas de la FIFA.

Lassana Diarra, durante su época con el Lokomotiv de Mosc

Esta Sentencia muchas personas la ven como una nueva Ley Bosman. Vamos a hacer un poco de historia sobre el juicio de Jean-Marc Bosman, el hombre que cambió las reglas del fútbol y revolucionó las transferencias de jugadores y establecer si tiene alguna relación o semejanza.

¿Qué significa la decisión del caso BOSMAN, para el fútbol actual?

Significa entre otras cosas Libertad de Movimiento de Jugadores. La Ley eliminó las restricciones a la cantidad de jugadores extranjeros que un club podía alinear en sus equipos. Además, establecer que losfutbolistas podrán abandonar sus clubes al final de sus contratos sin necesidad de que el nuevo club pague una tarifa de traspaso.

Esto quiere decir que los jugadores estaban amarrados al equipo en el que habían fichado y cambiar a otro equipo dependía de las negociaciones entre clubes. Ahora eso no sucede una vez que la Sentencia se convirtió en COSA JUZGADA. Es decir, que el fútbol Europeo después de la Sentencia de Bosman cambió muchísimo.

A continuación parte de la historia del cambio de las reglas del fútbol y las transferencias de Jugadores a la que fue obligada la FIFA ya que tuvo que aceptar y cumplir con la Sentencia en este Caso.

El futbolista belga intentó salir del Real Fútbol Club Lieja por el bajo salario que le ofrecían y no renovar su contrato. Así fue puesto en condición de transferible por casi 12 millones de francos belgas, ya que debían pagar una indemnización obligatoria impuesta por la FIFA con los jugadores que finalizaban su vínculo. Unos meses después, el Dunkerque de Francia intentó el fichaje del futbolista, pero se negó a pagar semejante cifra económica.
Ante la imposibilidad de concretar el fichaje, Bosman quedó colgado y no disputó ningún minuto. A raíz de esto, el jugador llevó el caso a la justicia y, dentro de las partes denunciadas se encontraba la FIFA.

Después de varios años de pelea judicial, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó en 1995 que las indemnizaciones de las transferencias de jugadores libres de contrato infligían las normas establecidas por la Unión Europea. De esta manera, el falló evocó la libre circulación de futbolistas a lo largo de los países del Viejo Continente y marcó un antes y un después en el fútbol.

Ahora, casi 30 años después del quiebre de la ventana de fichajes en el fútbol, con el mismo abogado de aquel entonces, Jean Louis Dupont, el fútbol puede tener otro punto y aparte en relación a la compra y venta de los protagonistas. Y de allí la extraordinaria Sentencia la cual es de obligatorio cumplimiento para todos los ACTORES INCLUYENDO POR ENDE A LA PODEROSA FIFA.

Corte de Justicia de la Unión Europea

ANTECEDENTES DEL CASO ANTE EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA.
   
El Tribunal de Justicia reconoce el papel de FIFA, UEFA y Federaciones para dictar normas que puedan unificar las reglas dentro del fútbol. Pero, a deducir de la sentencia, el Tribunal no está de acuerdo con muchas actuaciones de los organismos antes citados.

El presidente de la FIFA, Gianni Infantino (REUTERS/Benoit Tessier)

El Tribunal de Justicia confirma las normas que regulan ahora el sistema de fichajes y sobre todo las que regulan cómo los jugadores pueden romper sus contratos ya que "sin causa" justa rompen el derecho europeo a la libre circulación, que es uno de los derechos fundamentales de la Unión Europea y debe protegerse.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS DEL TRIBUNAL PARA SENTENCIAR A FAVOR DEL JUGADOR

¿SON ACASO ILEGALES LAS NORMAS IMPLEMENTADAS POR FIFA? El Tribunal de Justicia considera que las normas de la FIFA incumplen el derecho europeo en temas de competencia. Se refiere a que son los clubes quienes monopolizan ese mercado de fichajes. No es la FIFA, ni las Federaciones "Este punto habrá que ver cómo se desarrolla en el futuro, pero podría ser importante para cualquier negociación entre FIFPro y la FIFA o los sindicatos de jugadores y sus federaciones"

Es posible que el Tribunal esté haciendo una reflexión en cuanto a la Legalidad o no de las Normas de la FIFA, sin embargo este Tribunal no tiene facultad para declarar la ILEGALIDAD DE ÉSTAS, recayendo esta responsabilidad en el Tribunal de Apelación de Mons que forma parte de la organización de los tribunales en ese país.

Principios relativos al poder judicial en Bélgica.
 
En Bélgica la organización de los tribunales y los juzgados es una competencia exclusivamente federal. Bélgica tiene cinco grandes partidos judiciales que constituyen cinco jurisdiccionales del Tribunal de apelación: Bruselas, Lieja, Mons, Gante y Amberes.

Lass Diarra, en su época como jugador del Real Madrid

LA PROBLEMÁTICA PLANTEADA POR EL EXJUGADOR PROFESIONAL LASSANA DIARRA Y CÓMO SE INICIA ESTE PROCESO LEGAL.

ALEGATOS DE LAS PARTES EN EL JUICIO. SENTENCIA HISTÓRICA.
 
Es el caso que el exjugador de fútbol Profesional de nombre LASSANA DIARRA, quien tiene en estos momentos 39 años de edad, establecido en Francia, impugnó ante los órganos jurisdiccionales belgas algunas de las normas adoptadas por la FIFA contenidas en el «Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RETJ) de la FIFA. Diarra, exjugador que militó y tiene una amplia trayectoria en renombrados equipos de la Élite del fútbol Europeo, tales como el Chelsea, Arsenal, Real Madrid y PSG antes del caso, en 2013, el futbolista francés firmó un contrato de cuatro años con el Lokomotiv Moscú (Rusia). En agosto de 2014, el club rescindió elcontrato y pidió a la Cámara de Resolución de Disputas de la FIFA que condenase al deportista a pagar una indemnización de 20 millones de euros por incumplimiento de contrato. Lassana Diarra, adujo que el cuadro ruso se basó en un bajón en su rendimiento para apartarle del equipo, aunque el Lokomotiv argumentó que el centrocampista no acudió a varios entrenamientos por decisión propia. Después de la rescisión de contrato, el futbolista llegó a un acuerdo con el Charleroi, belga, pero la FIFA impidió su fichaje y le negó el permiso de transferencia al tener deudas sin saldar con los rusos. La FIFA se basó en su actual reglamento de transferencias para impedirle firmar por el Charleroi. He aquí donde se inicia el impedimento por la FIFA, para que el jugador pueda fichar, violando el libre derecho de trabajo al exjugador, quedando éste en estado de Indefensión.

La federación Belga tomó una posición en contra del exjugador y decidió apoyar a la FIFA, es decir dos instituciones poderosas en contra del débil jurídico, sin embargo, el ex-volante LASSANA DIARRA da inicio a este proceso judicial haciéndose de los servicios del profesional del Derecho Jean Louis Dupont, y éste en el año 2014, incoa acciones legales en las instancias tribunalicias Belgas para buscar y lograr que se le haga justicia al exjugador profesional, reclamando el pago de los salarios a un tribunal belga en Charleroi, que condenó a la FIFA y a la Federación de Bélgica al pago de un importe provisional de 60.001 Euros, y es así como el Tribunal de Comercio de Charleroi, resolvió que el artículo 17.2 de la FIFA viola el derecho comunitario de la Unión Europea y obligó a la FIFA a indemnizarlo. La FIFA recurrió al Tribunal de Apelación de Mons que se dirigió a su vez al Tribunal de la UE. 10 años después, se ha conocido la sentencia.

EL EXJUGADOR LASSANA DIARRA COMO JUGADOR DEL REAL MADRID.
 
¿Qué cuestiona la sentencia en realidad?

La sentencia del Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) sobre el ‘caso Lass Diarra’ contra la FIFA, determinó que “algunas de las normas de la FIFA en materia de transferencia internacional de jugadores profesionales son contrarias al Derecho de la Unión”, después de que el TAS le diera la razón parcialmente al exjugador y le haya bajado la multa económica a 8 millones, el Tribunal de Comercio de Charleroi se decantó del lado del futbolista, es por ello que para el Tribunal esta decisión considera o debe estar analizando que algunas Normas de la FIFA son ILEGALES. Jean Louis Dupont, abogado del futbolista y el hombre responsable de dictaminar la Ley Bosman que cambió al fútbol en la década del 90, argumentó que la FIFA vulneró las leyes laborales europeas al negarse a emitir el Certificado de Transferencia Internacional que le habría permitido unirse a otro club y ejercer sus derechos como profesional. “Allana el camino para modernizar la gobernanza del fútbol. Es una victoria total”, afirmó Dupont sobre la sentencia del caso de Diarra.

“El Tribunal de Justicia declara que estas normas en su conjunto son contrarias al Derecho de la Unión “.

“Estas normas obstaculizan la libre circulación de los jugadores y restringen la competencia entre los clubes”, explica la sentencia, en este caso en el ámbito de las transferencias. He aquí donde se inicia el impedimento por la FIFA para que el jugador pueda fichar, violando el libre derecho de trabajo al exjugador, quedando éste en estado de Indefensión. El máximo tribunal ha asegurado que algunas normas de fichajes de la FIFA violan la ley de la Unión Europea

Dicho tribunal resolvió que el artículo 17.2 de la FIFA viola el derecho comunitario de la Unión Europea y obligó al máximo organismo internacional del fútbol a indemnizar al mediocentro galo. Una sentencia que podría cambiar el mercado de pases por completo.
 
La FIFA y la Real Asociación Belga de Fútbol apelaron la decisión y llevaron el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el cual en el asunto C-650/22 reafirmó la sentencia y determinó que "algunas de las normas de la FIFA en materia de transferencia internacional de jugadores profesionales son contrarias al Derecho de la Unión" ya que "estas normas obstaculizan la libre circulación de los jugadores y restringen la competencia entre los clubes". "Tras esta sentencia habrá tribunales nacionales a los que podrían acudir jugadores para intentar que se aplique esta sentencia en sus casos". La sentencia del TJUE del 4 de octubre del año que discurre, no solo pone en tela de juicio la normativa actual de la FIFA, sino que también podría obligar a la institución a realizar modificaciones sustanciales en su reglamento de transferencias, afectando tanto a los clubes como a los jugadores.

¿Qué más establece esta sentencia?

Que la FIFA, se verá obligada a cambiar los puntos 17.4 y 17.5 del Reglamento de Transferencias. Y asimismo, a partir de ahora, el club que ficha a un jugador que rescindió un contrato previo unilateralmente con otro no es responsable de dicha decisión. Así dichas normas suponen que los jugadores y los clubes que deseen ficharlos queden expuestos a riesgos jurídicos importantes, a riesgos económicos imprevisibles y potencialmente muy elevados ,y a riesgos deportivos serios que, considerados en su conjunto, pueden obstaculizar la transferencia internacional de esos jugadores.” Asimismo, puede imponerse al nuevo club en determinados supuestos una sanción deportiva consistente en la prohibición de fichar a nuevos jugadores durante un período determinado”, recuerda el comunicado del TJUE.

La sentencia del TJUE sobre el 'caso Lass' podría ser el catalizador para una reforma significativa en las normas de transferencia de la FIFA.

Uno de los cambios más probables sería la eliminación o modificación de la cláusula que responsabiliza a los nuevos clubes del pago de indemnizaciones por la rescisión unilateral de contratos por parte de los jugadores. 

Lass Diarra con la selección francesa

Reacción de la FIFA. El organismo que rige el fútbol mundial no ha tardado en pronunciarse sobre el fallo del Tribunal Europeo. Lo ha hecho con un comunicado en el que pone en valor el sistema de transferencias que rige el fútbol. “La FIFA ha tomado nota de la sentencia emitida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación al caso que involucra al jugador Lassana Diarra. La FIFA ha aceptado, acatado inmediatamente la esfera jurídica del Alto Tribunal de la Unión Europea, e incluso ha iniciado conversaciones de manera voluntaria con los actores inmediatos. La sentencia sólo cuestiona dos párrafos de dos artículos del Reglamento de la FIFA sobre el estatuto y la transferencia de jugadores, que ahora el tribunal nacional está invitando a examinar. La FIFA analizará la decisión en coordinación con otras partes interesadas antes de hacer más comentarios”, así reza la nota del organismo presidido por Gianni Infantino.

La FIFA abrirá un diálogo global acerca del sistema de traspasos, con el fin de adaptar el art. 17 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA (RETJ). Este anuncio se ajusta al objetivo estratégico de la FIFA de mejorar el sistema de traspasos, en el que se han llevado a cabo considerables avances desde 2016.

¿Qué ramificación podría traer esto al fútbol en Europa?
 
Los jugadores están en su derecho de romper sus contratos de forma unilateral y cambiar de club sin ser responsable de indemnización alguna.
Meditaciones de un abogado y aficionado del deporte rey.
 
El recorrido, del que he pretendido hacer partícipe al lector, ha estado plagado de muchas interrogantes que trae consigo la sentencia del caso de LASSANA DIARRA, de pensamientos que solo lo podemos hacer los seres humanos y que pudieran tener vivencias reales sobre el futuro jurídico del deporte profesional. Pero ello no ha sido por un interés manifiesto de quien escribe estas líneas con mucho respeto, sino por una evidente situación del foro jurídico que plasma todo en las leyes y reglamentos y que las mismas deben cumplirse en su totalidad por todos sin distingo de ninguna naturaleza, y esa realidad la asume la Sentencia, que le da derecho a los jugadores de romper sus contratos de forma unilateral y concluye que al efectuar dicho cambio de club sin ser responsable de indemnización alguna. Además esa oprobiosa norma de la FIFA en muchos casos se remontaba a la ROMA PRIMITIVA, en donde una persona por tener una deuda con otra era esclavizado, lo que se llamó como”esclavitud por deuda” y todos saben que esa Roma Primitiva ya no existe.
 
ESTE CASO NO SOLO HA SENTADO UN PRECEDENTE EN LAS TRANSFERENCIAS DE JUGADORES, SINO QUE PODRÍA SENTAR UN ANTECEDENTE Y ALTERAR EL SISTEMA DE FICHAJES VIGENTE HASTA AHORA.
 
La eliminación de estas barreras y de las normas primitivas podría llevar a un incremento en las rupturas unilaterales de contratos. Los clubes que invierten grandes sumas en jugadores podrían verse más expuestos si estos deciden rescindir sus contratos sin justa causa. Desde la perspectiva de los jugadores, el fallo podría facilitar la movilidad internacional. Lo que es cierto es que existe un amplísimo campo para la reflexión jurídica y deportiva por parte de las instituciones y de los propios actores, a la que invito a los interesados en el mundo apasionante del derecho deportivo.

Como Abogado y Profesor Universitario y además deportista de toda la vida, deseo que los estamentos políticos tengan a bien considerar una nueva regulación del deporte profesional. En cuanto al caso DIARRA en sí, ha sido una constante demostración que el mundo del fútbol profesional se ha disparatado, y por ende necesita de un control, aunque éste sea mínimo, como en todo el aspecto económico y mercantil de una sociedad o estado. Aún están por verse todas las consecuencias del efecto del caso DIARRA, que podría ser el catalizador para una reforma significativa en las Normas de transferencia de la FIFA. Como aficionado, sólo espero que todos los cambios que están por ocurrir y que la Sentencia así lo ha determinado no nos dejen sin disfrutar del fútbol como espectáculo de alta competición.

ACLARATORIA: Para mantener la verdad cierta de lo redactado se han extraídos análisis de distintas publicaciones.

RÓMULO A. FORTI. M.

“Y QUE VIVA EL DEPORTE MÁS APASIONADO Y QUE REALMENTE UNE AL MUNDO”