El interés de las naciones por la preservación de áreas naturales de alto valor por tener una riqueza de gran diversidad biológica y escénica, comenzó a manifestarse en 1872. Ese año, en los Estados Unidos de Norteamérica se decreta el primer parque nacional en el mundo: el Parque Nacional de Yellowstone.
El objetivo era simple: proteger a perpetuidad su extraordinaria belleza natural. Esto constituyó un hito histórico en el movimiento conservacionista mundial. Sirvió de ejemplo para que muchos países promovieran la creación de parques nacionales u otras categorías de protección, que resguardaran legalmente extensas áreas singulares de su territorio.
En Latinoamérica, la preservación comienza Argentina, en 1922; Chile en 1925 y Brasil y Venezuela en 1937. Ese año, el primero fue nuestro Parque Nacional “Rancho Grande”, hoy denominado “Henri Pittier”, en honor a este ingeniero, geógrafo, pintor, naturalista y botánico suizo.
Henry Pittier llegó a Venezuela en 1917. Clasificó más de 30 mil plantas en el país y se dedicó por muchos años al estudio de la flora y la fauna existente en el parque. Fue él quién propuso la creación del parque nacional.
A partir de 1940, por iniciativa de la entonces Unión Panamericana (antecesora de la Organización de Estados Americanos), Venezuela suscribe la “Convención para la protección de la flora, de la fauna y de las bellezas escénicas naturales de los países de América”.En su preámbulo, la convención establece: “Los Gobiernos Americanos deseosos de proteger y conservar en su medio ambiente natural, ejemplares de todas las especies y géneros de su flora y su fauna indígenas, incluyendo las aves migratorias, en número suficiente y en regiones lo bastante vastas para evitar su extinción por cualquier medio al alcance del hombre; y deseosos de proteger y conservar los paisajes de incomparable belleza, las formaciones geológicas extraordinarias, las regiones y los objetos naturales de interés estético o valor histórico o científico, y los lugares donde existen condiciones primitivas dentro de los casos a que esta Convención se refiere…”.
Esto da un impulso al gobierno nacional para iniciar la protección de vastas zonas del país. Hoy en día, somos uno de los países del orbe con la mayor superficie protegida en relación con su territorio. Venezuela está conformada por áreas naturales bajo régimen especial de protección más amplio y diversificado, en cuanto a categorías de manejo declaradas formalmente.
Las áreas bajo régimen de administración especialA partir de 1983, y como consecuencia de la promulgación de la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio, se establece un conjunto de categorías para la ordenación territorial del país, a las cuales se les denominó
Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE).Estas áreas se definen como espacios geográficos, sitios y elementos del medio físico natural con características relevantes y singulares. Ameritan recibir del Estado una protección efectiva y permanente, bajo regulaciones que garanticen la integridad física de sus valores mediante una utilización acorde, con objetivos claros y precisos, sumado a una protección y manejo adecuado a dichas características.
El régimen administrativo de estos espacios protegidos se denomina especial, por cuanto en ellos se prohíben, restringen y controlan expresamente ciertos usos y actividades humanas. También porque, las que son permisibles, están sujetas a normas legales que deben hacer cumplir los organismos del estado competentes para su administración y manejo.
Venezuela cuenta con 394 ABRAE, distribuidas en 21 categorías de manejo. Estas ocupan algo más del 60 % de la superficie del territorio nacional. De acuerdo a sus características naturales, necesidades de protección de determinados recursos y grado de restricciones de las actividades humanas, estos espacios protegidos —entre otros— caen en categorías, tales como:
- Parques nacionales.
- Monumentos naturales.
- Refugios de fauna.
- Reservas de biósfera.
- Reservas de fauna.
De la totalidad de ABRAE, solo 20 % cuenta con Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso (PORU), que es el principal instrumento para su gestión ambiental.
Distribución nacional de las ABRAETenemos 43 parques nacionales y 36 monumentos naturales que constituyen la mayor superficie protegida de todas las ABRAE distribuidas en el país (26,22 %). Constituyen una gran muestra de todas las regiones naturales, biodiversidad y paisajes más relevantes de Venezuela. Uno de ellos, el Parque Nacional Canaima, está considerado por Unesco desde 1994 como Sitio de Patrimonio Natural de la Humanidad.
Las ABRAE resguardan una extraordinaria diversidad de ecosistemas, especies y cuencas productoras de agua. Su extraordinaria diversidad biológica conserva especies de flora y fauna, suelos, geoformas que constituyen barreras naturales, formas de protección contra eventos meteorológicos adversos.
Asimismo, actúan como sumideros de gases de efecto invernadero, mitigan la contaminación y amortiguan el cambio climático. Sus servicios ambientales son una fuente generadora de vida y de prosperidad para la población. Recordemos que las aguas para consumo humano, desarrollo agrícola y producción de energía hidroeléctrica provienen de ellas. Por tanto, de su acertada gestión ambiental dependerá el futuro
de nuestras generaciones venideras.
Para el turismo y la recreación constituyen los escenarios más propicios, para un uso público responsable y en consonancia con su sostenibilidad.Los venezolanos debemos entender que, si no preservamos nuestros patrimonios naturales y socioculturales, contenidos en gran parte en nuestras áreas protegidas, el futuro de la nación se vislumbra comprometido. Por tanto, debemos asumir con responsabilidad una gestión moderna, en consonancia con los Objetivos del Desarrollo Sostenible, que permita una adecuada protección y manejo de tan vitales espacios territoriales que nos garantizan nuestra forma de vida.