La citación a TikTok. Deseos no empreñan
REDES Y TSJ
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Eduardo Caballero Ardila

En días precedentes hemos podido leer como el Tribunal Supremo de Justicia citó a los representantes de TikTok para buscar una solución a la situación de los retos virales que circulan en las redes sociales y que invitan a la juventud a ejecutar acciones que ponen en peligro su integridad física, moral e intelectual. Una medida de protección que sin distingo de ideología debemos aplaudir.

Sin embargo el objetivo de este artículo es invitar a pensar y analizar, si esta es una medida efectista, efectiva o eficiente. ¿Se logrará el objetivo de proteger a las audiencias de los impactos de los mensajes en las redes con esta acción?

Lo cierto es que las redes sociales han transformado radicalmente la forma en que las personas y las comunidades se relacionan en el entorno digital. Estas plataformas permiten la creación de espacios de interacción que trascienden barreras geográficas y temporales. La dinámica de las redes sociales ha impulsado una nueva forma de participación social y política, donde los individuos pueden ejercer su ciudadanía de manera más activa y visible, pero también más fragmentada. Hablamos de un nuevo tipo de sociedad definida por el comunicólogo Manuel Castells (2005), como sociedad red, un nuevo paradigma donde la comunicación es el núcleo de la organización social.

MENSAJES MEDIÁTICOS

Durante años, expertos de la comunicación han estudiado el impacto de los mensajes mediáticos sobre las audiencias. Los medios de comunicación han sido denominados por años como el cuarto poder, una expresión que se atribuye al político inglés Edmund Burke, a finales del siglo XVIII, en antítesis a los tres poderes clásicos definidos por Montesquieu (ejecutivo, legislativo y judicial).

En consecuencia los empresarios de este sector han estado en la mira por influir en demasía en las conductas, hábitos y valores de aquellos a quienes logran impactar. El producto económico de todos los medios no son los comerciales; son las audiencias que se cautivan para comercializar o para fines como de control social. Procesos descritos por el filósofo, historiador, sociólogo y psicólogo francés, Michel Foucault como conceptos de biopoder.

En consecuencia la lucha por su capitalización ha sido despiadada, apelando con regularidad a contenidos plenos de elementos como sexo y violencia, tan apetecibles desde siempre por esas audiencias.

MEDIOS TRADICIONALES

En el mundo de los medios tradicionales, (analógicos o en su versión de distribución digital, como por ejemplo la distribución de la televisión abierta a través del espectro radioeléctrico o la televisión por suscripción a través del cable, o mediante la tecnología de distribución por aire), el contenido es regulado por los gobiernos. La extensión y firmeza del control guarda una relación paritaria al tipo de relaciones de poder imperantes. El control de estos medios tradicionales es ejercido en extensión y firmeza de acuerdo a la situación social y política en cada uno de los países y varía ostensiblemente desde los gobiernos democráticos a los regímenes autoritarios y dictatoriales. Nunca han sido iguales en comunismo que en un estado social de derecho, tampoco en gobiernos liberales que en aquellos de orientación fascista.

El mundo digital y muy relevantemente en las redes sociales eso no es así. Más allá de los códigos deontológicos que pueden imponer los directivos o dueños de las distintas plataformas de interacción social, el contenido es de libre compartir. No es la comunicación de uno a muchos como en la televisión, o de la radio, o en lo que queda de prensa, sino otra que se expresa entre iguales; es decir entre gente que desea compartir lo que otro desea ver o escuchar, sin filtros y sin barreras. Eli Pariser lo denomina el filtro burbuja, donde los usuarios están menos expuestos a puntos de vista conflictivos y son aislados intelectualmente en su propio sesgo informativo, eso que el mundo digital denomina los algoritmos, una especie de duende impuesto por las trasnacionales de la comunicación digital para parcelar y uniformizar a las audiencias.

Existen en consecuencia, pocas posibilidades de control legislativo donde el contenido es ubicuo y donde es difícil, y a veces impreciso la ubicación del emisor. Los mecanismos para evitar fiscalizaciones son cada día más sofisticados. Una libertad que viene cargada de obligaciones si lo que deseamos es ser ciudadanos digitales.

No existe estrategia de protección sin formación. Educar para los medios, así como educar con los medios es indispensable para dotar de competencias a las audiencias, de manera que puedan protegerse frente a los riesgos de los contenidos inadecuados en los medios y las redes. Los jóvenes no dejarán de consumir contenido digital. No importa cuantos esfuerzos se hagan por contener a los emisores, siempre existirán alternativas adicionales.



LEGISLACIÓN VENEZOLANA

La legislación venezolana invita e incentiva a la educación mediática. La Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente, la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, así como la Ley Orgánica de Educación, establecen la base para el establecimiento de políticas pública en el área, pero las acciones siguen siendo tímidas.

La invitación es a introducir la educación mediática en la prensa de estudio en los subsistemas educativos para los jóvenes en nuestro país. El Ministerio de Educación, tiene la palabra.


Lecturas recomendadas:

Caballero Ardila, Eduardo (2023). Alfabetización Mediática. AB Ediciones (UCAB) y Fundación Empresas Polar.

Castells, Manuel. (2005). La era de la información: economía, sociedad y cultura. Volumen I: La sociedad red (2.ª ed.). Madrid: Alianza Editorial Colección Libros Singulares. (Título original: The Rise of the Network Society, 1996).

Foucault, Michel. Vigilar y castigar : nacimiento de la prisión. Siglo XXI Editores Argentina, 2002. Traducción de: Aurelio Garzón del Camino
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